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Los morosos españoles se adaptarán por fin a Europa

Las Pymes y los autónomos llevan bastante tiempo exigiéndo que la Ley de Morosidad española se adapte a la normativa vigente en los países del entorno y siga las directrices marcadas por la legislación de las naciones comunitarias. Tras varios meses de peticiones, reivindicaciones e incluso manifestaciones, el debate parece que por fin se abre.

La veda la abrió una iniciativa impulsada por Convergencia i Unió (CiU) en el Parlamento y a la que tuvo que adherirse el PSOE para no quedarse solo. El proyecto de reforma planteado en el hemiciclo pretende reducir a 60 días como máximo el plazo permitido para el pago de las deudas a los proveedores.

Con esta modificación se seguiría la línea marcada por Francia a principios de este año, cuando inició un plan de cambios de características similares. El objetivo, al igual que en España ahora, consistía en reducir la asfixia financiera en la que se encontraban los autoempleados y las pequeñas empresas, que no conseguían préstamos en los bancos debido a la restricción crediticia de las entidades financieras.

Una situación que se agudiza en España, ya que la legislación permite que los retrasos lleguen a ser de hasta 240 días. Una situación insostenible para la supervivencia de las empresas. Por ello, el proyecto de CiU pretende reducir los tiempos: hasta los 30 días para el sector privado y 60 días para la Administración Publica.

La unanimidad entre los grupos parlamentarios parece evidente, pero existe algún desacuerdo. El escollo a salvar en las negociaciones tiene por objeto una frase en concreto de la actual normativa: “los plazos de rembolso se pueden prolongar por acuerdo expreso de las partes”. Una disposición que el Grupo Popular y CiU quieren derogar, ya que en la práctica supone una imposición de las grandes compañías a las pequeñas. El Grupo Socialista, en cambio, defiende que este punto continúe vigente, y alega que el suprimirlo sería contrario al Derecho Mercantil y podría declararse inconstitucional.

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